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La calidad del aire en San Luis Potosí se mide gracias al esfuerzo de asociaciones civiles

  • Foto del escritor: ImplosiónRD
    ImplosiónRD
  • 2 mar 2020
  • 2 Min. de lectura

Por Rubén González


La Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (SEGAM) anunció con bombo y platillo que, a partir del 20 de febrero de 2020, se podría consultar en tiempo real la información sobre partículas contaminantes en el Estado de San Luis Potosí a través de su página institucional. Es decir, actualmente cualquier persona con acceso a internet puede consultar la calidad del aire en la entidad potosina.


La SEGAM ha presumido este nuevo servicio de consulta como uno de sus mayores logros, colgándose la medallita, señalando que están cumpliendo con la nueva norma NOM-172-SEMARNAT-2019 sobre la medición y comunicación de la calidad del aire.


Incluso, presumen que, en colaboración con el Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica (IPICYT), se encuentra en desarrollo una aplicación para teléfonos móviles que facilitará que el usuario consulte el nivel de contaminación que está respirando.


Sin embargo, es importante destacar lo siguiente: el hecho de que actualmente se cuente con herramientas para medir la calidad del aire en San Luis Potosí es un logro derivado de un esfuerzo ciudadano, específicamente se trata de esfuerzos jurídicos llevados a cabo por la Asociación Civil Cambio de Ruta, encabezada por el licenciado Luis González Lozano, quienes desde el año 2016 diseñaron una estrategia jurídica que, principalmente por medio del juicio de amparo, intentó hacer que la SEGAM cumpliera con su responsabilidad, monitorear la calidad del aire en el Estado de San Luis Potosí.


Ahora bien, es importante destacar que la SEGAM, ante las exigencias ciudadanas, contrario a mostrar interés en realizar las mencionadas mediciones y buscar cumplir con esa responsabilidad de informar a la ciudadanía el nivel de contaminación en tiempo real, mostró una actitud muy distinta, combatiendo jurídicamente cualquier determinación que resultara en su contra en el procedimiento de amparo, poniendo infinidad de trabas para cumplir con la resolución de un Juez Federal, mismo que le ordenó en su momento medir de la calidad del aire potosino.


Lo anterior puede apreciarse en internet, ya que las diversas etapas por las que atravesó el procedimiento de amparo en mención tienen su versión pública, específicamente el proceso judicial fue tramitado ante el Juez Primero de Distrito del Noveno Circuito con sede en San Luis Potosí, bajo el expediente 484/2016.


Que quede claro, la calidad del aire se mide derivado del esfuerzo de la ciudadanía de exigir su derecho a conocer qué es lo que respira diariamente, en estrecha relación con Derecho Humano a la Salud y a un Medio Ambiente Sano. No fue, como nos quieren hacer creer, una buena práctica de la SEGAM, quien en todo momento se mostró más interesada en retrasar este servicio que en proporcionarlo.

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